La Normativa tiene por objeto regular el régimen jurídico aplicable a la puesta en el mercado de productos en relación con el impacto en la gestión de sus residuos.

Así como el régimen jurídico de la prevención, producción y gestión de residuos, incluyendo el establecimiento de instrumentos económicos aplicables en este ámbito, y el régimen jurídico aplicable a los suelos contaminados.

Entra en vigor La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados.

Entre otros aspectos, también establece una tasa sobre el tratamiento de los residuos, modifica la regulación del canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica e introduce modificaciones en el régimen del IVA para las donaciones de productos. En resumen, gravará todas las operaciones relacionadas con el plástico, una de las grandes preocupaciones de las economías occidentales.

Plásticos de un solo uso

La normativa también establece objetivos de reducción de la comercialización de plásticos de un solo uso como los vasos para bebidas, incluidos tapas y tapones, y los recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato, que ha de reducirse un 50% en 2026 respecto a 2022 y un 70% para 2030.

Para lograr ese objetivo se ha de fomentar el uso de alternativas reutilizables.

Así mismo, añade requisitos de diseño o de marcado y prohíbe la venta de pajitas, bastoncillos de algodón (excepto de uso sanitario), cubiertos, platos, agitadores de bebidas  y cualquier producto hecho con plástico oxodegradable.

Pero también hay algo que asusta a empresas y consumidores: se espera que la entrada en vigor de la nueva normativa contribuya a aumentar aún más los precios de los productos en origen debido a que se impondrá al bien el nuevo impuesto. Esto provocará que aumente aún más la inflación, que se espera que continúe al alza cuando entre en vigor la nueva ley.

Ley 7/2022 de 8 de abril introdujo en el sistema tributario español dos nuevas figuras impositivas de naturaleza indirecta que gravarán la entrega de residuos en vertederos, instalaciones de incineración y cuya entrada en vigor se producirá a partir del 1 de enero de 2023

ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA NORMATIVA:

  • Residuos depositados en vertederos
  • Residuos peligrosos
  • Vertido de plástico de un solo usos en vertederos
  • Eliminación de residuos
  • Sanciones por eliminación de residuos
  • Incineración de residuos
RESUMEN:

La Ley 7/2022 del 8 de abril tiene como objetivo mejorar la gestión de los residuos y proteger el medio ambiente, y entrará en vigor el 1 de enero de 2023. Una de las medidas establecidas es la prohibición del vertido de residuos peligrosos y plásticos de un solo uso en vertederos, con el fin de fomentar la eliminación de residuos de manera más segura y sostenible.Para garantizar la eliminación de residuos de manera responsable, las instituciones públicas y privadas tienen la responsabilidad de tratar adecuadamente los residuos. Además, se establecen sanciones por la eliminación inadecuada de residuos, con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley y fomentar el comportamiento responsable.

Es importante destacar que las instituciones públicas y privadas deben garantizar que los residuos sean tratados adecuadamente, ya sea en los centros de incineración o en los vertederos destinados a este propósito.

En conclusión, la Ley 7/2022 del 8 de abril establece medidas para mejorar la gestión de los residuos y proteger el medio ambiente, incluyendo la prohibición del vertido de residuos peligrosos y plásticos de un solo uso en vertederos. Las instituciones públicas y privadas tienen la responsabilidad de garantizar el tratamiento adecuado de los residuos, y se establecen sanciones por la eliminación inadecuada de residuos para fomentar el cumplimiento de la ley y un comportamiento responsable.

Consulte aqui el BOE Reglamento (CE) n.o 282/2008 

 

DOUE núm. 243, de 20 de septiembre de 2022 ha publicado el Reglamento (UE) 2022/1616 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2022, relativo a los materiales y objetos de plástico reciclado destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 282/2008.

ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA NORMATIVA.

  • Aumento de plástico reciclado en productos que están en contacto con productos alimentarios
  • Frenar la contaminación
  • Economía circular
  • Plástico reciclado
  • Protección de la salud humana
  • Contaminantes accidentales
  • Descontaminarse
  • Introducción de material reciclado en productos destinados a entrar en contacto con alimentos
  • Seguridad alimentaria
  • Tecnología de reciclado adecuadas
RESUMEN:

El Reglamento 2022/1616 busca frenar la contaminación y promover una economía circular en la Unión Europea. Para lograrlo, se establecen medidas que fomentan el uso de materiales reciclados y la protección de la salud humana.

Se puede decir que el Reglamento 2022/1616 impone restricciones a la producción de plásticos no reciclables y exige que se utilice plástico reciclado en la fabricación de productos en contacto con alimentos. Además, se establecen normas claras para garantizar que los materiales reciclados sean seguros para su uso en productos de consumo.

Además, se establecen medidas para frenar la contaminación y promover una economía circular en la Unión Europea mediante el Reglamento 2022/1616. Entre estas medidas se incluyen restricciones a la producción de plásticos no reciclables y el uso obligatorio de plástico reciclado en productos en contacto con alimentos, así como la adopción de tecnologías de reciclado adecuadas para descontaminar los materiales reciclados.

Es importante destacar que el Reglamento 2022/1616 también incluye medidas para proteger la salud humana, asegurando que los materiales reciclados sean seguros para su uso en productos en contacto con alimentos.

Para lograrlo, se establecen requisitos rigurosos para las tecnologías de reciclado y se exige que se utilicen solo las adecuadas para garantizar la seguridad alimentaria.

En conclusión, el Reglamento 2022/1616 es una herramienta fundamental para fomentar la economía circular y frenar la contaminación en la Unión Europea. Al exigir el uso de materiales reciclados en productos en contacto con alimentos y establecer requisitos estrictos para las tecnologías de reciclaje.

A partir del 3 de julio de 2021, platos, cubiertos, pajitas, palitos de globos y bastoncillos de algodón de plástico de un solo uso no podrán comercializarse en los mercados de los Estados miembros de la UE. Asimismo, esta medida se aplicará a los vasos, envases de alimentos y bebidas de poliestireno expandido y todos los productos de plástico oxodegradable.

En la HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN, se prohíbe el uso de utensilios de un solo uso en los establecimientos, independientemente del material, para el consumo de alimentos y bebidas.

En cuanto a la COMIDA PARA LLEVAR, se podrán utilizar envases de un solo uso, siempre y cuando sean de materiales compostables.

COMERCIO, INDUSTRIAS ALIMENTARIAS Y DISTRIBUCIÓN, se permite vender productos de un solo uso si son de material compostable, reutilizable o 100% reciclable.

Desde el 1 de enero de 2021: prohibición de entrega (gratuita o no) a los consumidores de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras no compostables, en los puntos de venta.

En consecuencia, desde el 1 de enero de 2021:

    • Las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras deben ser compostables, estando exceptuadas de su cobro únicamente las bolsas de plástico compostable muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel; las bolsas de plástico compostable ligeras (15-50 micras), deben cobrarse desde el 1 de julio de 2018.
    • Las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras entregadas a los consumidores deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado.
    • Deben cobrarse las bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%, pudiendo dispensarse gratuitamente las que tengan un porcentaje igual o superior al 70% de plástico reciclado.
    • Están prohibidas todas las bolsas de plástico fragmentadle, independientemente de cuál sea su espesor.

SE PROHIBEN LAS BOLSAS DE PLÁSTICO ligeras y muy ligeras, salvo las compostables.

UNE-EN 13432:2001 Envases y Embalajes. Requisitos de los envases y embalajes valorizables mediante compostaje y biodegradación

Norma europea UNE-EN 14995:2007

Desde el 1 de enero de 2020: prohibición de entrega a los consumidores de bolsas de plástico fragmentables, en los puntos de venta de bienes o productos, y obligación de que las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contengan al menos un 50 % de plástico reciclado.

Desde el 1 de julio de 2018: prohibición de entrega gratuita a los consumidores, en los puntos de venta. Se exceptúan las bolsas de plástico muy ligeras (bolsas de plástico de menos de 15 micras de espesor que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel) y las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.

INFRACCIONES

  • Infracciones muy graves al poner al mercado bolsas incumpliendo la ley y cuando el volumen de las entregada afecte gravemente al medio ambiente: multas entre 45.001 y 1.750.000€.
  • Infracciones graves al poner al mercado bolsas incumpliendo la ley y cuando el volumen de las entregada NO afecte gravemente al medio ambiente: multas entre 901 y 45.000€.
  • Infracciones leves: cuando es de muy escasa cuantía el incumplimiento: hasta 900€.
Cada minuto se usan aproximadamente más de 1 millón de bolsas de plástico en todo el mundo.
En el mundo se usan más de 1 trillón de bolsas de plástico y muchas acaban en nuestro ecosistema natural.
Una bolsa de papel puede reemplazar 83 bolsas fabricadas con plástico contaminante, derivado del petróleo.
En el mundo se usan más de 1 trillón de bolsas de plástico y muchas acaban en nuestro ecosistema natural.
Fabricar 14 bolsas de plástico requiere lo equivalente a 1,6 KM de combustible consumido por un vehículo.
" Si realmente crees que el Medioambiente es menos importante que la economía, intenta aguantar la respiración mientras cuentas tu dinero"
Información actualizada: 30 de julio de 2022